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sábado, 20 de octubre de 2018

Cómo reclamar el impuesto de la hipoteca tras la sentencia del Tribunal Supremo


El Tribunal Supremo ha decidido que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en la firma de una hipoteca, corrigiendo así su doctrina anterior. Este es el importe más importante de los gastos de constitución de las hipotecas.

Hasta ahora, el Alto Tribunal sólo reconocía la devolución de los gastos de notaría, registro de la propiedad, tasación y gestoría, derivados de la formalización de la hipoteca, pero este cambio de criterio determina que es el banco quien debe asumir este gasto, ya que es el principal interesado en que la hipoteca se eleve a escritura pública, pues así, en caso de impago del prestatario, podrá ejecutar su garantía.

De este modo, la sala tercera del Tribunal Supremo modifica su jurisprudencia anterior e interpreta el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este impuesto, sino la entidad que presta el dinero.

GASTOS DE UNA HIPOTECA
- Notaría: Coste de la elevación a escritura pública de la escritura.
- Registro de la Propiedad: Coste de la anotación en el Registro.
- Gestoría: Honorarios de la gestoría que tramitaba la formalización, la cual normalmente venía impuesta por el banco.
- Tasación de la vivienda: gestión imprescindible para que el banco concediese la hipoteca.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).


¿Cómo puede reclamarse?
Para iniciar el proceso para reclamar las cantidades, desde Legálitasrecomiendan llevar a cabo cinco pasos. (Leer más >)