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martes, 13 de junio de 2023

Las irregularidades en el caso del accidente de Rafita

Después de más de seis años, luchando para que se haga justicia, por dos posibles homicidios en un siniestro vial, al invadir un coche que venía en sentido contrario, el carril por donde circulaba una motocicleta con dos ocupantes en una pequeña curva rasante.
 
Hoy me atrevo a compartir con ustedes todas las diligencias realizadas por la magistrada del juzgado n. 4 de Torrejón de Ardoz sobre el siniestro.
 
Sucedió el accidente de Rafita el domingo día 8 de enero de 2017, día de retorno por vacaciones en la carretera m-113 km 27,600 en el término de Ribatejada, sentido urbanización "Las Castillas" (Guadalajara); sobre las 4 de la tarde.
 
1. El informe inicial de atestados, del día 9 de Enero 2017 presentado al juzgado a las doce y media de la mañana indica:
a) Salida de la vía por el margen derecho de la calzada y posterior choque contra la bionda, por parte de la motocicleta.
b) No se presentó el juez de guardia que correspondía al juzgado n. 4 de instrucción de Torrejón de Ardoz, ni la comitiva judicial, ni el forense; ya que este juzgado delegó en la fuerza instructora.
c). Se presentó minutos más tarde, cuando todavía estaba la ambulancia, y algunos técnicos sanitarios, el Capitán jefe del Subsector-Norte de Tráfico provincial de Madrid, jefe directo de los agentes instructores de Paracuellos del Jarama.
d). Hay un testigo ocular del accidente. (los dos ocupantes del vehículo que venía en dirección contraria).
e). No se les hizo las pruebas de alcohol a los ocupantes del vehículo que venía en dirección contraria.
f). No consta manifestación ni declaración de los ocupantes del vehículo.
 
2. DILIGENCIAS EN EL JUZGADO EL LUNES DÍA 9 ENERO 2017
Recibido el informe inicial de atestado en el juzgado de instrucción n. 4 de Torrejón de Ardoz, el lunes día 9, este:
- dictó auto para abrir diligencias previas por si hubiese alguna infracción penal y ese mismo día 9, abrió dos diligencias n. 81 y 82 correspondientes al fax recibido por el forense sobre los daños que provocaron el fallecimiento de los chicos, recibido a las dos menos cuarto de la tarde, “TRAUMATISMO TORACICO ABDOMINAL”. Es un documento necesario para poder enterrar a los chicos.
-Ese mismo día 9 dictó una providencia, en la que dice "estese a auto de incautación",
"Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y demás partes personadas".
Fueron las únicas diligencias realizadas y una vez recibido los informes forenses oficiales el día, resolvió el cierre provisional por, según la magistrada no aparecer debidamente justificado la perpetración de un delito.
-No llamo para manifestarse al testigo ocular ( que eran dos, y eran los ocupantes del vehículo que invadió el carril de la motocicleta; ni espero al informe de ampliación de atestados para saber cómo pudo suceder el siniestro.
 
DECLARACION DEL TESTIGO OCULAR ANTE LOS AGENTES DE ATESTADOS
-A los 28 días del cierre provisional el día 21 de febrero, entregan los agentes de atestados de Paracuellos, la declaración de la supuesta conductora del vehículo.
entre otros datos "Para evitar la colisión, intenta corregir la posición de la motocicleta para evitar el obstáculo y por la propia maniobra realizada, dirige el vehículo hacia el margen derecho de la calzada".
 
En otra publicación, describiré con detalle y fotografías, las manipulaciones, falsedades e invenciones de los informes de atestados de los agentes de tráfico de Paracuellos (Madrid) y del ERAT (Agrupación de tráfico) . (+)