La Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama informa de que el periodo de caza conocido como Media veda se extenderá en los cotos del municipio del 15 de agosto al 15 de septiembre de 2019.
Se recuerda que los días y horas autorizados para esta actividad cinegética son los jueves (15, 22 y 29 de agosto y 5 y 12 de septiembre), desde las 16:30 horas; y los sábados y domingos (17, 18, 24, 25 y 31 de agosto y 1, 7, 8, 14 y 15 de septiembre) de 7:00 a 11:30, y a partir de las 16:30 horas.
La actividad cinegética en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid se regula por una Orden anual de veda, en la que se establecen las limitaciones y épocas hábiles para la práctica de la caza durante cada campaña.
ZONAS DE SEGURIDAD
En ellas se prohíbe el uso de armas con el fin evidente de proteger a personas y bienes. Son caminos, vías pecuarias, vías férreas, canales, cascos urbanos, etc.
En el Reglamento para la ejecución de la Ley de caza (Decreto 506/1971, de 25 de marzo) se determinan las distancias que hay que guardar: una banda de 50 metros a cada lado de cualquier carretera, 25 metros en vías férreas, 100 metros de núcleos habitados, entre otros. (Ver más >)
Se recuerda que los días y horas autorizados para esta actividad cinegética son los jueves (15, 22 y 29 de agosto y 5 y 12 de septiembre), desde las 16:30 horas; y los sábados y domingos (17, 18, 24, 25 y 31 de agosto y 1, 7, 8, 14 y 15 de septiembre) de 7:00 a 11:30, y a partir de las 16:30 horas.
La actividad cinegética en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid se regula por una Orden anual de veda, en la que se establecen las limitaciones y épocas hábiles para la práctica de la caza durante cada campaña.
ZONAS DE SEGURIDAD
En ellas se prohíbe el uso de armas con el fin evidente de proteger a personas y bienes. Son caminos, vías pecuarias, vías férreas, canales, cascos urbanos, etc.
En el Reglamento para la ejecución de la Ley de caza (Decreto 506/1971, de 25 de marzo) se determinan las distancias que hay que guardar: una banda de 50 metros a cada lado de cualquier carretera, 25 metros en vías férreas, 100 metros de núcleos habitados, entre otros. (Ver más >)