Paracuellos ha hecho oídos sordos a la advertencia de la Comisión Europea y las comunidades autónomas han autorizado de nuevo la caza masiva de tórtolas comunes para este verano. Cientos de miles de estas aves serán abatidas en un mes a pesar de que Bruselas abrió un expediente sancionador por no protegerlas el 25 de julio.
El ecuador del verano trae cada año la denominada media veda. Un periodo que, en torno al 15 de agosto, marca el arranque de la temporada para los cazadores: los cotos de caza menor se llenan de escopetas a la búsqueda de codornices, palomas, urracas y, también, tórtolas comunes. Debido a estas autorizaciones, esta ave calificada como en estado vulnerable a nivel europeo por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) será trofeo cinegético en los cotos de 11 comunidades autónomas cuyas órdenes de veda permiten su caza.
La apertura del expediente europeo de julio pasado contra España indicaba que "no han tomado las medidas necesarias para mejorar su protección" a pesar de que ser un país "de enorme importancia para su conservación" por albergar más del 50% de la población reproductora. (Ver más >)
ZONAS DE SEGURIDAD
En el Reglamento para la ejecución de la Ley de caza (Decreto 506/1971, de 25 de marzo) se determinan las distancias que hay que guardar: una banda de 50 metros a cada lado de cualquier carretera, 25 metros en vías férreas, 100 metros de núcleos habitados, entre otros.
El ecuador del verano trae cada año la denominada media veda. Un periodo que, en torno al 15 de agosto, marca el arranque de la temporada para los cazadores: los cotos de caza menor se llenan de escopetas a la búsqueda de codornices, palomas, urracas y, también, tórtolas comunes. Debido a estas autorizaciones, esta ave calificada como en estado vulnerable a nivel europeo por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) será trofeo cinegético en los cotos de 11 comunidades autónomas cuyas órdenes de veda permiten su caza.
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En el Reglamento para la ejecución de la Ley de caza (Decreto 506/1971, de 25 de marzo) se determinan las distancias que hay que guardar: una banda de 50 metros a cada lado de cualquier carretera, 25 metros en vías férreas, 100 metros de núcleos habitados, entre otros.