De acuerdo con lo previsto en el Articulo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éstas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto normativo, deben sustanciar una consulta pública a través del Portal web de la Administración competente, a fin de recabar la opinión de los sujetos, personas y organizaciones más representativas, potencialmente afectados por estas futuras actuaciones.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Ley, estando prevista la elaboración de la correspondiente Ordenanza de convivencia ciudadana para su aprobación en una próxima sesión plenaria, se abre un periodo de consulta pública de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, para que las personas y organizaciones más representativas que puedan considerarse afectadas por esta futura norma puedan manifestar y presentar (presencialmente o en la sede electrónica, mediante solicitud normalizada) su opinión y aportaciones a esta Ordenanza sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye a continuación, hasta el 30 de junio de 2020.
Para ello se inserta en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento la consulta sobre las modificaciones planteadas, para así recabar la opinión de los ciudadanos interesados. (+)