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martes, 25 de mayo de 2021

Trámites más simples y ágiles para la instalación de paneles solares y beneficiarse de una bonificación del 95% en el ICIO

El Ayuntamiento ha simplificado y agilizado los trámites para la instalación de paneles solares y se beneficien de la bonificación del 95% que les corresponde en el impuesto de esta obra. En concreto, y según la modificación de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid que entró en vigor en noviembre del pasado año, la solicitud de la instalación de placas fotovoltaicas se realiza a través de Declaración Responsable Urbanística de Obras (DRUO). Dicho proceso se puede realizar entregando toda la documentación de forma presencial en la oficina del Registro General del edificio del Ayuntamiento situado en la plaza de San Pedro, o de forma telemática a través de sede electrónica.


Los impresos que se deben presentar son los siguientes:
  • Impreso rellenado y firmado de la Declaración general.
  • Impreso rellenado y firmado de la Declaración específica DRUOA10.
  • Justificante del abono de la tasa por expedientes urbanísticos.
  • En su caso, aval para la correcta gestión de residuos.
  • En caso de NO solicitar la bonificación, el pago del ICIO.
  • En caso de SÍ solicitar la bonificación, la memoria o proyecto técnico de la obra acompañado del certificado de colegiación del técnico firmante o Certificado de Habilitación Técnica.
Para ayudar en los trámites y en la expedición de las cartas de pago de tasas e impuestos, la Concejalía de Urbanismo dispone de un servicio especial de asesoramiento sobre Declaraciones Responsables Urbanísticas de Obras (DRUO). Para acceder al mismo, se debe solicitar una cita telemática o presencial a través del correo electrónico declaracionesresponsables@paracuellosdejarama.es. Se recomienda dejar un número de teléfono para facilitar el contacto.

Las tasas, impuestos y el aval para la gestión de residuos, se pueden solicitar también de forma presencial al Departamento de Tesorería del Ayuntamiento. Para acceder a la bonificación del 95% en el I.C.I.O. se debe señalar en el impreso DRUOA10. El ICIO no se abona hasta que el arquitecto municipal no informe del proyecto. Una vez se haya informado le llegará al domicilio del solicitante una liquidación por valor del ICIO bonificado que deberá abonar. (+)

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